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Boletín noviembre 2022

Actualizado: 9 may 2023

Juez obliga a contratar como asalariados a los 206 repartidores autónomos que Glovo tiene en Navarra


La magistrada considera que no ha quedado acreditado que estos trabajadores prestaran servicios similares para Glovo y para terceros. Los repartidores podrán solicitar la devolución de las cuotas del régimen de autónomos, además del resto de derechos derivados del carácter laboral de la relación Autor: Comunicación Poder Judicial La titular del Juzgado de lo Social número 1 de Pamplona ha estimado la demanda de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y ha declarado que la relación entre Glovo y los repartidores es una relación laboral. En la sentencia, que puede ser recurrida ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, la magistrada considera que no ha quedado acreditado que estos trabajadores prestaran servicios similares para Glovo y para terceros, incluidos los competidores directos de ésta, en paralelo y de manera simultánea, es decir, con los mismos medios materiales y en el mismo tiempo de trabajo.






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